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En agosto de 2011 fue promulgada la ley Nro. 18.795 de Promoción de la Vivienda de Interés Social, con el objetivo de fomentar el desarrollo de soluciones habitacionales.
La ley y su normativa reglamentaria, establecen beneficios tributarios para aquellos proyectos amparados en esta norma.
El objetivo de este informe es presentar los aspectos más relevantes de la normativa para aquellos potenciales inversores.

Requisitos

¿Qué requisitos debe tener el proyecto para acceder a los beneficios tributarios?
  • Debe ser promovido por el Poder Ejecutivo.
  • Estar vinculados a la construcción, refacción, ampliación o reciclaje de inmuebles destinados a la vivienda de interés social.
  • Tener por destino la venta o arrendamiento
¿Cuáles son los requisitos de las viviendas?
  • Contar con áreas habitables entre 33 y 107 m2.
  • Localizadas en áreas urbanas con infraestructura instalada (saneamiento, etc.).

Beneficios Tributarios

Para los proyectos destinados a la venta
IRAE

Exoneración en la primera enajenación.

IP
  • Exoneración de las obras (terrenos y mejoras), hasta la finalización.
  • Exoneración de las viviendas terminadas, en el ejercicio que se finalizan.
IVA
  • Exoneración en la primera enajenación.
  • Devolución del impuesto en las adquisiciones de bienes y servicios destinadas al costo directo.
  • Exoneración a la importación de bienes a ser incorporados a la obra civil.
ITP

Exoneración en la primera enajenación.

Para los proyectos destinados al arrendamiento

Por plazos iguales o mayores a 12 meses.

IRAE

Exoneración de las rentas generadas, entre 40% y 100% dependiendo de la ubicación del proyecto. Por un plazo de hasta 10 años.

IP

Exoneración de la vivienda terminada.

IVA
  • Exoneración en la primera enajenación.
  • Devolución del impuesto en las adquisiciones de bienes y servicios destinadas al costo directo.
  • Exoneración a la importación de bienes a ser incorporados a la obra civil.

Si está pensando en invertir o ya tiene un proyecto, puede contactarse al teléfono 29010228 o al e-mail info@gci.uy para ampliar información.

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